LEY DEL CÓDIGO DE ÉTICA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA - LEY N°27815 ...................................................................................................................................................
Principio: Idoneidad
Entendida como aptitud técnica, legal y moral, es condición esencial para el
acceso y ejercicio de la función pública.
El servidor público debe propender a una
formación sólida acorde a la realidad, capacitándose permanentemente para el debido
cumplimiento de sus funciones.
Avisos en el Marco del Plan de Integridad y Lucha contra la Corrupción - MINCETUR 2019 - 2020